LEY DE CESTATICKET SOCIALISTA AGOSTO 2016

Publicado en por Calos Figueroa Salazar

Decreto 2.430 12 de agosto 2016

Entra en vigencia el 1° de agosto del 2016

Establece el monto mínimo de 8 UT y se paga los 30 días del mes, no es por jornada trabajada, debe pagarse en descansos, feriados, vacaciones, permisos de ausencia.

8 x 177 UT = 1.416 diarios x 30 = 42.480 mensual. Si el mes tiene 31 días o 28 se paga lo establecido para el mes de 30 días

Si trabaja un día feriado, solo se paga una vez.

Solo se puede “descontar” por falta injustificada del trabajador.

Se debe dar a todos los trabajadores independiente de la cantidad de su salario o puesto que ocupen.

Aun cuando se otorgue el beneficio mediante el suministro de comida también debe pagarse mediante bono, ticket o dinero efectivo.

Aplica para trabajadores públicos, privados, trabajadores residenciales (antes conserjes) trabajadores domésticos, aun cuando reciban la comida en su lugar de trabajo.

Pagos al trabajador:

Salario mínimo diario Bs 752,55

Cesta ticket Bs 1.416,00

TOTAL diario Bs 2.168,55

Total semanal Bs 15.179,85 Mensual Bs 65.056,50

Si se incluye Vacaciones, 30 días de utilidades o bono de fin de año, prestación social de antigüedad, INCE IVSS BANAVI y administración el costo mensual de un trabajador con salario mínimo es Bs 84.521,00

LAS NORMAS QUE REGULA LA LEY

DECRETO OCTUBRE 2015

Las entidades de trabajo tienen la obligación de dar una comida balanceada a los trabajadores. ART 2

Modalidades de cumplimiento

1° Mediante comedores propios o contratados, en el lugar de trabajo o sus inmediaciones.

2° Mediante contratación de servicios de comida elaborada por establecimientos especializados.

3° Mediante instalación de comedores comunes por varias entidades de trabajo.

4° Utilización de comedores provistos por la autoridad nutricional.

5° y 6° Entrega al trabajador de ticket o tarjeta electrónica.

Pueden pagar el beneficio en efectivo:

1° Entidades de trabajo con menos de 20 trabajadores,

2° Cuando hay dificultades para acceder a establecimientos que acepten los instrumentos antes mencionados.

3° Cuando el trabajador recibe la comida en las modalidades antes mencionadas pero se ausenta por vacaciones, pre y pos natal, enfermedad o permisos establecidos en la ley art 5 y 6

El beneficio no será considerado como SALARIO art 7

Constituye infracción:

Para el trabajador cambiar los cupones ticket o tarjeta electrónica por dinero efectivo. Comprar bienes o servicios que no estén destinados alimentación art 12

El incumplimiento puede ser sancionado con una multa equivalente al 200% del monto cambiado y comprado.

Para el empleador cobrar al trabajador los costos de emisión de bonos, cupones o tarjetas electrónicas, incluso en casos de extravío o vencimiento. Retener o demorar la entrega del beneficio.

El empleador si incumple la norma puede ser sancionado con multa de entre 100 y 200 UT.

Si incumple con la entrega del beneficio, la sanción puede ser de entre 10 y 50 UT.

La ley establece varias condiciones y obligaciones que deben cumplir las empresas autorizadas para emitir los bonos, ticket o tarjetas electrónicas.

El organismo encargado de inspeccionar el cumplimiento es el Ministerio del PPP El Trabajo.

Artículo 207 LOTTT

Los trabajadores que prestan servicios en un hogar o casa de habitación o a una persona determinada para su servicio personal o el de su familia, tales como choferes, cocineros, jardineros, niñeros y otros oficios de esta misma índole, se regirán por lo contenido en esta Ley a todos sus efectos.

C Figueroa

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A
Buen día, por mi trabajo hay ocasiones en la que debo trabajar hasta las 6, 7 u 8 de la noche (mi hora de salida es a las 4), la empresa esta obligada a comprarme la cena?
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M
Buenas soy trabajadora activa salí d vacaciones y m cancelaron completo mi cesta ticket pero por un inconveniente en el trabajo m vuelven a llamar sin terminar mis vacaciones y estoy laborando nuevamente normal. Mi pregunta es Los dueños deben pagar el cesta ticket por esos días trabajados.
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J
BUENAS ! SOY DOCENTE DE PREESCOLAR ; EN LUGAR DONDE TRABAJO NOS ACABAN DE LIQUIDAR EL CONTRATO ERA DE ENERO A JULIO ES DECIR QUE ME LIQUIDARON. ELLOS SOLO NOS CANCELARON LA ULTIMA QUINCENA DE JULIO Y LOS TICKET,LA LIQUIDACION Y QUINCE DIAS DE VACACIONES AUNQUE YO TENGO NUEVE AÑOS EN EL PREESCOLAR . NO PAGARON EL MES DE AGOSTO NI LOS TICKET "PORQUE NO NOS TOCA ESO" YA QUE NO LO TRABAJAMOS . ME GUSTARIA SABER SI ELLOS TIENEN RAZON?NOS LIQUIDAN Y VOLVEMOS EN SEPTIEMBRE .
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J
BUENAS ! SOY DOCENTE DE PREESCOLAR ; EN LUGAR DONDE TRABAJO NOS ACABAN DE LIQUIDAR EL CONTRATO ERA DE ENERO A JULIO ES DECIR QUE ME LIQUIDARON. ELLOS SOLO NOS CANCELARON LA ULTIMA QUINCENA DE JULIO Y LOS TICKET,LA LIQUIDACION Y QUINCE DIAS DE VACACIONES AUNQUE YO TENGO NUEVE AÑOS EN EL PREESCOLAR . NO PAGARON EL MES DE AGOSTO NI LOS TICKET "PORQUE NO NOS TOCA ESO" YA QUE NO LO TRABAJAMOS . ME GUSTARIA SABER SI ELLOS TIENEN RAZON?
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M
hola una pregunta yo trabajo en un restauran chino y recibo cesta ticket pero no me dan comida y trabajo 8 horas y media es verdad que si recibo cesta ticket no puedo comer? gracias !
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C
Deben darte una comida al dia y pagarte el monto de cesta tique también, si ves el video o lees el artículo veras la base legal que los obliga